TÍTULO: COORDINACIÓN PARENTAL: Una respuesta a los divorcios conflictivos

Autores: Eric García-López, Luz Stella Rodríguez-Mesa, Ismael Eduardo Pérez García.

¿QUÉ ME APORTÓ ESTE LIBRO?

Nada más empezar, y siendo C.P (coordinadora de parentalidad) lo primero en lo que me tengo que fijar es en esta frase con la que comienza: “ESTE LIBRO NACE, en primer lugar, de la honda preocupación social y profesional de velar por los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que están inmersos en situaciones de separación o divorcio de sus padres” porque, al final refleja que esta profesión es vocacional y porque resume explícitamente todo lo que va detrás de este proceso alternativo de resolución de controversias.

Dividido en tres capítulos es un libro de difusión y concienciación en el que se justifica este servicio y que da unas pinceladas someras de cómo se puede comenzar a implantar en nuestra sociedad.

Del capítulo uno: “COORDINACIÓN PARENTAL: PROPUESTA PARA UNA RUTA DE IMPLEMENTACIÓN EN AMÉRICA LATINA”. Lo primero que pensé es, de la misma manera que el título, porqué coordinación parental… yo prefiero seguir lo dicho en el Fórum, que estableció que la denominación[1]de los conceptos debería ser coordinación de parentalidad, lo que inmediatamente me llevó a consultar fechas y ver que ambas son del mismo año, así que aclaro, que me referiré en todo caso a coordinación de parentalidad, aunque el libro haga referencia a coordinación parental.

En este capítulo se explora muy escuetamente, su origen, algunas definiciones importantes relacionadas con las funciones del C.P., y su desarrollo y aparición gradual en la provincia de Quebec (Canadá). De la que se establecieron 4 fases principales en la actuación de la Coordinación de Parentalidad, en las que integran no sólo cómo se va a desarrollar el proceso en estructura, sino los beneficios, riesgos de la coordinación de parentalidad y habilidades del/la C.P.

Me llama la atención en especial, (Pág. 11 párrafo 12) “el CrP, durante el desarrollo de cada una de las fases, informa de manera escrita sobre el progreso al centro de CP y a los jueces y tribunales” ¿un centro de CP? Es una idea interesante para desarrollar. Al final: ¿qué sería un centro de CP? (me guardo la pregunta para hablar con los autores y la autora)

Teniendo en cuenta el modelo de CIRCUITO ANCOPA y cómo desarrollamos la intervención, estimo, y es una opinión personal que el centro de CP coincidiría en su objetivo a nuestras supervisiones (durante un proceso de Coordinación de Parentalidad, se propone como parte de éste, llevar a cabo estos espacios en el que el resto de los/as profesionales de la Asociación ayuden con sus conocimientos y experiencias a mejorar la intervención del caso). Lo que coincide con lo dicho en la página 19 párrafo 5, cuando habla de la importancia de que el /la C.P. forme parte de grupos interdisciplinarios.

Me parecen muy didácticos y de gran aportación tanto los gráficos 4 y 5, la primera es un esquema de pasos a seguir de la fase de implantación en la que se habla de, nombramiento por parte de la autoridad judicial, la revisión del caso, la reunión con familia y abogados y la elaboración, aprobación y aplicación del proyecto de intervención psico-jurídica. De la misma manera el 5, recoge y amplía la propuesta de Vanesa Parada en su tesis doctoral de 2018: “situaciones a intervenir, situaciones a remitir y comportamientos que motivan y finalizan el proceso”

Tras esto hace una propuesta para la implementación en América Latina, partiendo de Colombia como marco general. Con diferentes fases de implementación, justificadas y explicadas, para apoyar la explicación, en la página 22 hay un gráfico, el 6 “Ruta de propuesta para la implementación del CrP en América Latina”,que en su último cuadro dice “Implementación de la figura del Coordinador de Parentalidad de carácter público y privado” … lo que me abre otra pregunta ¿Qué significa exactamente carácter público y privado?

Termina el capítulo con dos reflexiones: retos para la implementación de la figura del C.P. y para la psicología jurídica en América Latina.

Siguiendo el orden, el capítulo 2, “FRENTE A LOS CONFLICTOS MUY CONTENCIOSOS DERIVADOS DE LA SEPARACIÓN Y DEL DIVORCIO, LA COORDINACIÓN PARENTAL”. En este capítulo se hace una interesante introducción que lleva a la reflexión sobre las consecuencias de las crisis de pareja. Luego continúa con una exposición sobre la C.P en España y el estudio de un caso desde un punto de vista estructural y técnico. No puedo dejar de mencionar que se estudian dos puntos más, uno sobre la perspectiva de la C.P. desde la evidencia científica y muy escuetamente sobre las cuestiones éticas de la C.P.

Finalmente, la última parte del libro es un análisis de estudios relacionados con el título del capítulo: “ALGUNAS ALTERACIONES PSICOPATOLÓGICAS RELACIONADAS CON LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO” que llevan a reflexionar sobre las intervenciones y acompañamientos necesarios, así como, las consecuencias producidas por las crisis de pareja.

El libro termina con unas consideraciones finales de las que extraigo la última frase de esta reseña.

No puedo dejar de destacar la bibliografía tan extensa que se da después de cada capítulo la cual me lleva a leer más y más…

¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?

Es un libro dirigido fundamentalmente a profesionales relacionados con el ámbito de familia en cualquiera de sus perspectivas y especialmente a aquellos que se relacionan con los conflictos familiares que las crisis de pareja pueden producir. 

“La coordinación de parentalidad no es una panacea que resuelva las disfunciones que puede implicar un divorcio, pero sí es una ruta viable para brindar alternativas prácticas (cognitivas y conductuales) en el ejercicio de una parentalidad corresponsable del bienestar, tanto individual como familiar y, por ende, especialmente de los hijos” (Pág. 85)

Erratas:
Pág. 8 § 4º línea 1 “la PC” (la CP)
Pág. 8 § 4º línea 3 Dominic D´abate, trabajadora social (Dominic D´Abate trabajador social)
Pág. 9 § 2º línea 1 fase de implantación (fase de implementación)
Pág. 30 § 3º, línea 12 progenitores tiene (progenitores tienen)
Pág. 32 § último, línea 2 (yo, pondría después de APA (The American Psychological Association)
Pág. 43 § último línea 1: queladirectriz6delaAPA(2012)yladirecrtizXdelaAFCC(2006) (que la pauta 6 de la APA(2012) y la directriz X de la AFCC(2006)

 

[1] DOCUMENTO BASE PARA EL DESARROLLO DE LA COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD. I FORUM DE EXPERTOS PARA EL DESARROLLO DE LA COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD Y LA GESTIÓN DE LA ALTA CONFLICTIVIDAD FAMILIAR. Universidad de La Laguna Tenerife, Islas Canarias – España 17 de mayo de 2019. (https://mediacionesjusticia.com/wp-content/uploads/2019/12/Parentalidad.pdf)

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