Maria Sacasas y Lis Guitart nos hablan sobre el Proyecto “La Mediación en medidas provisionales de familia”

Gracias María y Lis, por este ratito que dedicáis a ANCOPA para hablarnos del Proyecto “La Mediación en medidas provisionales de familia”, premiado por la Generalitat de Catalunya por RESOLUCIÓN JUS/3247/2021, de 29 de octubre, por la que se otorgan los Premios ADR Justicia 2021.

M.B (Mapi Broto) : De acuerdo con el proyecto, el objetivo de este es: “Fijar medidas para dar estabilidad a la situación de la infancia y adolescencia durante los trámites de separación o divorcio”. ¿Cómo os surge esta visión?

M.S (María Sacasas): Llevamos muchos años trabajando en el Juzgado de Igualada, en el cual hemos sensibilizado mucho a todo el personal que trabaja en el mismo. Es un Juzgado mixto, en el que hay mucha rotación de jueces, pero coincidimos con un Decano que comenzó en 2017, muy sensibilizado con la mediación. Empezamos a desarrollar el “SIM”, sesión informativa de mediación, plan dependiente de la Generalitat de Catalunya el cual funcionó hasta que se dejó de subvencionar.
En el año 2020, concretamente por la promoción de unas acciones llevadas por el Colegio de Abogados de Barcelona sobre concienciación de la mediación en los Juzgados, asistió este Juez, Carles Brufal. Allí se planteó que había que hacer algo más por la mediación, y junto con el Juez Pedro Izquierdo, detectaron la dificultad con que se encontraban en el momento de establecer las medidas provisionales en los procedimientos de familia en los que se encuentran niños y niñas, en medio de la conflictiva familiar. Si se podía implementar la mediación en estos casos en los cuales intervenían los miembros de la familia junto a sus abogados, suponía que, en caso de acuerdo no tendrían que esperar casi un año hasta el juicio principal para adoptar medidas más definitivas y eso contando que no hubiese un cambio de juez, que podía suponer un mayor retraso. Era una propuesta que, sin duda, agilizaba el proceso. Estos jueces nos presentaron la idea a las mediadoras, lo consultamos, y estudiamos cómo sería más conveniente hacerlo desde una perspectiva mediadora, teniendo presente que, el bienestar de los hijos e hijas eran lo más importante y… de ahí salió el protocolo.

L.G (Lis Guitart): Además, el 4 de noviembre de 2020, entra en vigor la ley 9/2020, de 31 de julio, de modificación del libro segundo del Código civil de Catalunya, que regula por primera vez la sesión previa obligatoria en materia de mediación para asuntos sobre la persona y la familia. Este cambio en la ley nos ha ayudado a impulsar el proyecto y aprovechar la sesión previa con el objetivo de llegar a acuerdos en medidas provisionales. De hecho, en una de las reuniones de creación del proyecto, el mismo Juez Pedro Izquierdo nos propuso asistir a la vista sobre medidas provisionales que tenía justamente este mismo día. Dicha experiencia nos ayudó a diseñar como llevar a cabo la sesión previa de mediación. Por ejemplo, pensamos en realizar dichas sesiones en una sala del Juzgado y así dar mas legitimidad a la mediación,…
Este proyecto está creado por 3 Instituciones: el Juzgado de Igualada, el Servicio de Mediación del Ayuntamiento de Igualada (con Elena Castellano de mediadora) y el Servicio de Mediación del Consell Comarcal de l’Anoia (con Maria y yo misma de mediadoras).

MS: Pero, hay que añadir dónde se da esta sesión, es decir el espacio: no se realiza en una sala del Juzgado, sino en la sala de celebración de matrimonios, porque el contexto es diferente y esto es primordial. Todas las personas nos ponemos en el estrado, a la misma altura. Para nosotras es importante como preparamos el escenario, tal como dice Lis, el hecho de que sea en el Juzgado y en un sitio diferente al de una sala de juicio, nos da legitimidad, pero no con la presión que se produce en las puertas de la sala de juicio….

M.B: ¿Cómo fue la sinergia con el Juzgado?

M.S: Considero necesario especificar, que hay 5 Juzgados en Igualada y sólo nos derivan 2 Juzgados, los demás todavía no, por tanto, falta hacer trabajo.

L.G:Hubo muy buena cooperación entre el Juzgado y los dos servicios de mediación. En nuestro servicio de mediación, no disponemos de los recursos para abordar todos los posibles casos que nos podrían llegar a mandar, y así se lo trasladamos a los jueces. Por este motivo acordamos en acotar el tiempo de dedicación, a 2 días al mes, 1 para el Servicio de mediación del Ayuntamiento de Igualada y otro para el del Consell Comarcal de l’Anoia. En 1 día consideramos que como máximo podíamos realizar 2 casos. En estos momentos y después de 10 meses, ya tenemos datos que nos indican el éxito del proyecto, ya que del total de casos, el 70% se resolvieron en acuerdos. 

M.S: Considero necesario especificar, que hay 5 Juzgados en Igualada y sólo nos derivan 2 Juzgados, los demás todavía no, por tanto, falta hacer trabajo.

M.B: En Catalunya de acuerdo con el artículo, 233-6 del Código Civil Catalán, la asistencia a la sesión previa /informativa convocada por la autoridad judicial es de carácter obligatorio. Y además en caso de incumplimiento puede tener consecuencias (condena en costas) para las partes. ¿Desde vuestra experiencia en que se traduce esta obligatoriedad, ayuda a las partes a ver/conocer la mediación, se convierte en un mero trámite que cumplir?

L.G: A pesar de que en un mundo perfecto no debería hacer falta la obligatoriedad, para mi, con la sesión previa obligatoria, se da la oportunidad a la ciudadanía de escuchar por boca de un mediador en qué consiste la mediación. Y dar la oportunidad a que con la debida información, sean ellos/as quienes decidan si quieren o no entrar en el proceso. En general observamos que hay poco conocimiento sobre la mediación y sus beneficios.
Como nos dijo el Juez decano: la mediación es un derecho de la ciudadanía y los ciudadanos, si quieren, pueden ejercerla, pero para eso tienen que conocerla.

M.S: Si también creo que hay que distinguir según de dónde nos venga la mediación. Cuando es en Igualada, vinculada a este proyecto del que hablamos, hay que apuntar que se da en formato presencial y, por otro lado, es imprescindible la asistencia de los letrados o letradas que acompañan a sus clientes. En la sesión previa informativa derivada del Centro de Mediación del Departamento de Justicia, viene derivada bien porque lo ha pedido una de las partes o porque lo ha solicitado un Juzgado. En este caso no vienen los abogados (aunque se les puede informar), sólo notificamos a las partes y puede ser telemáticamente. Hacemos la sesión informativa con las partes y luego deciden si quieren seguir en el proceso de mediación. En Igualada ya se hace una sesión directamente para tener la posibilidad de llegar a acuerdos en medidas provisionales y luego se tiene la oportunidad de seguir haciendo sesiones de mediación si se requiere.

M.B: Las claves de este proyecto son, imagino razón por la que os han premiado, ¿qué nos podéis contar sobre ellas? ¿Han nacido de vuestra amplia experiencia no sólo en mediación sino también con coordinación de parentalidad?
M.S: La verdad es que tener conocimientos y práctica sobre coordinación de parentalidad (casi 10 años) es un plus para nosotras. Al tener mucha experiencia en intervención familiar, podemos detectar el grado de conflicto, eso nos permite desarrollar estrategias para gestionar las interacciones en la familia y proteger a la infancia. Estos conocimientos junto con los años de experiencia nos ofrece la posibilidad de manejar los casos de mediación más ágilmente, sobre todo en los que se presentan los miembros de la familia con una conflictividad menos cronificada.
L.G: Para mí, una de las claves del éxito está en que los progenitores vienen a esta sesión sin saber muy bien a qué, y se encuentran con una mirada totalmente distinta.
El proceso es el siguiente: La sesión está dividida en 3 fases: en la primera nos reunimos con los progenitores y sus letrados. Les explicamos en qué consiste la mediación, y cómo se va a desarrollar. En la segunda fase, los progenitores salen de la sala y nos quedamos con los letrados. Tenemos mucha suerte en que en la sala en la que estamos, hay unas cristaleras que nos permiten ver a los progenitores cuando están fuera de la sala, y podemos observar cómo actúan: si hablan, si se sientan juntos, o separados,…, esto nos da información. Mientras tanto, con los abogados trabajamos los acuerdos a los que se puede llegar, y se intenta llegar a unos acuerdos mínimos que permitan desencallar la situación al menos, hasta el día del juicio. Con los acuerdos se inicia la tercera fase. Los letrados salen fuera de la sala, se reúnen cada uno con su cliente y les explican los acuerdos. Al final de la sesión, vuelven a entrar todos, y se cierran los acuerdos (si es que los hay), o se renegocian si es que hay que acabar de cerrarlos. En alguna ocasión, se les ofrece a los progenitores tener más sesiones de mediación (ya en las oficinas del Consell Comarcal), para tratar más en detalle, acuerdos en la comunicación entre ambos, …
M.S: Además hay algo que lo diferencia, porque los progenitores normalmente no se suelen ver, se comunican, pero por vía telemática. Aquí se ven, están juntos pero en un ambiente seguro, y no es en la sala con un Juez delante. Es un espacio donde se permite la suficiente distensión como para que se produzca un diálogo, algo que dé lugar a reescribir “otra historia”, de tal manera que nos han podido decir: “hace tiempo que no podíamos hablar así.” y finalizamos preguntando:
– ¿sabe vuestra hija o vuestro hijo que hoy habéis venido para hablar juntos sobre ella o sobre él?
– ¿Les explicaréis que habéis llegado a un acuerdo?
-¿Les gustará escucharlo?

MB: Creéis que este tipo de intervención ayuda a disminuir la conflictividad entre los/las progenitores/as? ¿Y en caso afirmativo, evita que los conflictos se judicialicen?
L.G: Sí a las dos preguntas. Los profesionales de la mediación insistimos siempre en que el proceso de mediación empieza desde el minuto 1 de nuestra intervención. No se debe tener en cuenta solamente si se llega o no a acuerdos. Puede ser que no se llegue a acuerdos pero ya se ha producido una transformación en la relación. En muchos casos los progenitores hace meses que no se sientan a hablar, y con la mediación lo hacen.

M.S: Uno de los principios de la mediación es la buena fe, y esto supone que en nuestro trabajo aflore esta buena fe en favor de los niños y niñas. Cuando una persona es invitada a expresar a la otra que no desea hacer daño (pese a los sentimientos que afloran), se relajan, ya que no hay motivo de mantenerse tanto a la defensiva y reducen la consecuente tensión que tenían. Eso hace que se puedan escuchar mejor. Al final, si se evita que los conflictos se judicialicen, es un beneficio para las familias pero también para aliviar la carga de trabajo en el juzgados.

M.B: ¿Cuál es la parte más difícil de la ejecución del proyecto?
L.G: Se debe tener en cuenta el trabajo que hace cada una de las partes del proceso. Las administrativas del juzgado son quienes realizan la citación a la sesión previa a los abogados, a las partes y al servicio de mediación. Coordinar la agenda de tantas personas es complicado…, hay que hacer vínculo con ellas y trabajar coordinadamente
M.S: Hay que reconocer la importancia que cada profesional del sistema judicial, poniendo en relevancia a la letrada de la administración de justicia, cuyo rol es esencial.
L.G: Los cambios de destino de los jueces tampoco ayuda. Justamente el pasado 31/12 en el Juzgado de Igualada, hemos sufrido este cambio de todos los jueces, y esto implica empezar a trabajar con las nuevas incorporaciones.
M.S: Afortunadamente, los que se fueron dejaron directrices para el siguiente relevo con la finalidad de para facilitarles el trabajo.
Coincidiendo con la semana europea de la mediación, el 18 de enero, se hizo una presentación del proyecto. Asistieron profesionales del ámbito familiar y también Jueces, Juezas, Magistrados y Magistradas, incluso miembros de GEMME (Grupo de Magistrados Europeos por la Mediación) y del CGPJ (Consejo General Del Poder Judicial). Resultó ser un acto realmente importante.

MB: ¿Creéis que estas mediaciones podrían acabar en un proceso de coordinación de parentalidad?
M.S: Aunque hay que tener en cuenta, que los jueces previamente escogen aquellos casos en los que se vislumbra una posibilidad de acuerdo. Después de este proceso que presentamos, hay que remarcar que en este caso partiremos de un mutuo acuerdo en el que las partes han sido protagonistas, han estado presentes y conscientes de lo que acordaban, suponiendo un gran camino andado para no acabar en una coordinación de parentalidad.
Es decir, que en coordinación de parentalidad nos encontramos con familias que en un principio se habían divorciado de mutuo acuerdo y aplicando ese convenio inicial es cuando se ha producido el gran conflicto. Fueron los abogados quienes redactaron dichos acuerdos sin dar el protagonismo necesario a los miembros de la familia. Es verdad que las personas en proceso de separación, sufren un alto grado de estrés. En toda ruptura la tensión que se acumula hace que surja la necesidad de acabar pronto con esa situación. <<sí, sí, yo firmo lo que sea con tal que acabe ya>>
L.G: Si, tal y como dice María, los casos que nos mandan son seleccionados por el Juez, pero en realidad no sabemos con el tiempo cómo se va a desenvolver la situación familiar. Es por tanto esta sesión previa una oportunidad para que tanto los progenitores como sus abogados conozcan lo qué es la Coordinación de Parentalidad.

M.B: Expresamente se exceptúa de este proyecto aquellos casos que tengan indicios de Violencia de Género y Violencia doméstica, ¿Qué opináis sobre esto?
M.S: La ley dice que no, pero siempre nos queda un “pero” … ¿de verdad no pueden se pueden comunicar? claro siempre que se garantice un espacio seguro, que no se den órdenes de alejamiento, ni de la mujer, ni de los hijos. Habría primero que contextualizarlo según la situación en que estén, ¿y quién define esto? ¿es malo de verdad para los hijos o para la mujer? Cuando ponemos sobre la mesa todos los elementos, y podemos garantizar un espacio seguro para compartir y escuchar sin ruidos, sin distorsiones con una comunicación directa entre ellos ¿no podemos ofrecer la oportunidad de restaurar el daño sufrido?
Creo entender que le quieres darle un enfoque educativo, pedagógico
M.S: Sí claro, es la oportunidad de ofrecer otros enfoques y sin nada entre medio. Que descubran otras maneras de comunicarse, otra manera de mirarse, dar la oportunidad que surja un mínimo de confianza, que crean que son una buena madre y un buen padre pero que lo pueden hacer mejor. Aquí está el enfoque educativo, reconociendo que tienen posibilidades de aprender para que revierta a favor de la prole. Y es que los niños y niñas ante el divorcio tienen miedos, como que se hagan daño los padres entre sí, o que un papá o una mamá acaben en la cárcel, y esto es muy doloroso para ellos. Necesitan cosas “simples” como una comunicación cortés entre sus papis. No desean que uno de los dos gane sino de ver que uno de los dos es capaz de detener la pelea. Y es que sabemos que cuando los adultos están en la disputa, las necesidades reales de los niños y niñas pueden volverse invisibles. De todas maneras, referente a la pregunta anterior quiero confesar que me siento condicionada en mi respuesta porque hay un sector de profesionales muy potente y mediático, que ha emprendido una campaña contra la coordinación de parentalidad relacionándola con la violencia de género y el mal llamado SAP. Afortunadamente profesionales de gran prestigio de todos los ámbitos estamos trabajando independientemente a esto, aplicando métodos para evaluar los resultados y avanzar.

M.B: ¿Qué os lleváis de este proyecto?
L.G: Es muy motivador trabajar con jueces que creen tanto en la mediación y dan valor a nuestra profesión. Y la satisfacción de ver el cambio de cara de los progenitores: entran nerviosos y salen tranquilos.

M.S: Y también cercanía, la proximidad con el Juzgado, los jueces y juezas, las funcionarias y la letrada de la administración de justicia.

M.B: ¿Qué proyectos os depara el futuro? ¿Está ANCOPA presente?
L.G: Está este mismo, y claro GOPARENT con ANCOPA. Y que sigan…
M.S: Estamos deseando que salgan muchos más.

Muchas gracias por este ratito y que sigan esos proyectos de mediación y coordinación de parentalidad. ¡Enhorabuena!

MARÍA Y LIS EN EL JUZGADO

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